martes, 4 de mayo de 2010

Órganos de la Unión Europea

Los órganos son asimilables a instituciones de menor rango, y, si sus funciones son concretas, el ámbito sobre el que pueden desplegarla es transversal o, en su caso, se aplican sobre campos más específicos pero con amplias competencias que van mucho más allá de la gestión. Gozan de independencia en el ejercicio de sus funciones.

Órganos Consultivos.

Los órganos consultivos pueden intervenir de forma consultiva en la toma de decisiones, aunque no tienen ningún poder legislativo.

  • El Comité Economicol y Social Europeo: representa a sindicatos, organizaciones patronales, ONGs y demás organizaciones socio-económicas de relevancia europea.
  • El Comité de las Regiones: representa a las autoridades regionales y locales, su perspectiva y sus intereses.
Órganos de Garantia.
  • Defensor del Pueblo Europeo: Defiende a los ciudadanos y empresas de la UE frente a la mala gestión o trato indebido o discriminatorio de las Instituciones, Órganos y organismos de la Unión, así como de las administraciones nacionales cuando infrinjan en perjuicio de los ciudadanos o empresas obligaciones o allanen derechos que les correspondan en virtud del Derecho Comunitario.
Órganos Financieros.
  • Banco Europeo de Inversiones (BEI): Tiene por misión contribuir al desarrollo equilibrado del territorio comunitario a través de la integración económica y la cohesión social.

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